Talca, octubre 17 de 2006.
Señores
TRICEL FEUCM Y
PLENO DE PRESIDENTES FEUCM
Presente
De nuestra consideración:
A través de la presente queremos expresar nuestro descontento por la invalidación de las pasadas elecciones efectuadas los días 10 y 11 de octubre debido al artículo 71 de los Estatutos Generales de Federación, esto, presentando los siguientes antecedentes:
A) Asumimos nuestra responsabilidad dentro de la falta de quórum, sin embargo, el motivo de éste supone responsabilidades compartidas, debido a que los presidentes asumieron un compromiso de llamar a sus bases a votar, cosa que no se vio reflejada en el proceso eleccionario.
B) Que el tiempo de propaganda fue poco y los recursos menos en esta elección en comparación con anteriores procesos. Ambas listas solicitaron más plazo para la campaña, solicitud que fue negada por TRICEL.
C) Que, aún cuando no se señala en ningún artículo de los estatutos que las elecciones deben ser en dos días, las mesas fueron cerradas después de ese plazo y pese a que se solicitó ampliar el proceso, no se hizo.
D) Que si bien el quórum exigido es del 40%, no podemos vulnerar el derecho de las personas que libremente eligen no votar.
Respecto de los Estatutos Generales de la Federación de Estudiantes podemos decir que:
1.- Según el artículo 32 letra j, ante la inexistencia de Federación electa, asume sus funciones el Pleno de Presidentes, sin embargo, en ninguna parte se hace mención al artículo 71, por lo que una directiva interina del Pleno de Presidentes en este caso “NO ES VALIDA”.
2.- Existe una contradicción entre los Estatutos Generales de la Federación y el Reglamento del Tribunal Calificador de elecciones, ya que mientras el primero exige un quórum del 40%, el segundo en su artículo 42 declara SIN EXCEPCIONES como ganadora a la lista que obtenga la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos.
3.- Como estudiantes, necesitamos una organización democrática que nos represente ante instancias mayores de la Universidad, cosa que una directiva Interina de Federación, difícilmente cumplirá, sobre todo en los artículos 2, letras a, d2, g, j y k; artículo 5, letras b, e y g; artículo 9, letras b, c, f, j, k y n, debido a la dificultad que implica ser estudiante, ser presidente del Centro de Alumnos y ser miembro de la directiva de FEUCM
Es por lo anterior, que como LISTA GANADORA DE AMBOS PROCESOS ELECCIONARIOS, solicitamos a TRICEL, en conjunto con el Pleno de Presidentes, que de solución al problema surgido por el artículo 71 de los Estatutos Generales de la Federación, y que VALIDE EL TRIUNFO CONSISTENTE DE LA LISTA B.
Cabe señalar que esta apelación la consideramos JUSTA Y NECESARIA, debido a que es de vital importancia contar con una instancia que nos represente y que no decaeremos ante la lucha por validar el proceso ya que su resultado ES EL REFLEJO DE LA VOLUNTAD DE LOS ESTUDIANTES DE NUESTRA CASA DE ESTUDIOS
Se despide atentamente,
LISTA B